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El Detective Privado
Los detectives, somos profesionales que trabajamos en el sector privado, realizando investigaciones de hechos y conductas privadas, con el fin de obtener pruebas, redactar un informe final para su cliente y, si fuera necesario, ratificarlo ante cualquier tribunal.
En la mayoría de países es una profesión regulada por ley, sin embargo, esta legislación y/o regulación no es homogénea de un país a otro, al igual que no lo son los requisitos para obtener la licencia de investigador privado, existiendo grandes diferencias entre cada uno de los países.
La Investigación Privada en España es una actividad reconocida y regularizada reservada a los Detectives Privados legalmente habilitados por el ministerio del interior con una T.I.P. (Tarjeta de Identificación Profesional) tras haber cursado los estudios universitarios correspondientes (quedando descartados los criminólogos y otros estudios académicos o masters)
La profesión se encuentra regulada en la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.
Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, nos encargamos:
- De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
- De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
- De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos (grandes superficies comerciales y los locales públicos de gran concurrencia). Este último punto es el que autoriza, únicamente a los detectives, a trabajar de manera No Uniformada en este tipo de lugares y situaciones.
A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
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